El Casal aprueba un Código Ético para sus directivos
La iniciativa persigue reforzar la transparencia en la gestión y mejorar el funcionamiento de la Junta
La Junta Directiva de la Asociación de San Jorge ha aprobado un Código Ético para mejorar su funcionamiento y reforzar la transparencia de su gestión. El documento establece unas normas básicas para evitar incompatibilidades o conflictos de intereses de los directivos y definir los procesos de contratación de obras y servicios.
El texto presta especial atención a las posibles incompatibilidades de los dirigentes de la Asociación de San Jorge, que pueden ser absolutas o relativas. En el primer caso, el directivo afectado deberá solicitar su baja como miembro de la Junta. Están consideradas causas de incompatibilidad absoluta “desempeñar un cargo de representación en cualquier otra entidad cuyos fines puedan influir en los intereses de la Asociación”; tener “manifiesto interés en la realización o adjudicación de un contrato”; o desarrollar cualquier tarea remunerada por la Institución.
Como causas de incompatibilidad relativa, el Código Ético establece dos supuestos: la realización de trabajos vinculados a la fiesta que tengan que ser aprobados por la Junta Directiva (como diseño o confección de elementos festeros) y “posicionarse respecto a una propuesta de un directivo afectado por conflicto de intereses”. En estos casos, los directivos deberán abstenerse en la toma de decisiones.
El Código Ético también define un nuevo sistema de contratación, pensado para ofrecer la máxima transparencia e igualdad de oportunidades entre las empresas. Para cualquier contrato que supere los 1.000 euros, el directivo deberá presentar tres presupuestos ante la Junta Directiva, que será el órgano de adjudicación.
El documento desarrollado por la Ponencia de Modernización contempla la creación de una comisión de Derechos y Garantías que evaluará las circunstancias, determinará el tipo de incompatibilidad que pueda producirse en cada caso y velará por su cumplimiento. El código es de obligado cumplimiento tanto para los directivos electos como para los asesores, designados por la Junta Directiva. Quedan exentos los dos miembros natos: el concejal de Fiestas y el vicario de San Jorge.