Un grupo de asociados pide al juez que anule las elecciones del Casal
Plantean en su demanda que los Estatutos de la Asociación de San Jorge vulneran la Ley de Asociaciones – Un informe encargado por el Ayuntamiento avala la composición de la asamblea cuestiona que haya miembros sin voto
Un grupo de asociados ha recurrido a los juzgados de Alcoy para anular las últimas elecciones de la Asociación de San Jorge, por las que resultó elegido presidente Carlos Aracil, y forzar a la máxima entidad festera a aplicar el sufragio universal. Estos asociados, con cuya representante legal ha tratado de hablar esta emisora, consideran que el sistema de elección incumple la Ley de Asociaciones.
Este grupo, en el que figuraba el ex alcalde Josep Sanus y ex altos cargos festeros partidarios de pasar las fiestas a fin de semana en la Guerra del calendario de 1997, ya amenazó al Casal con acudir a los tribunales si sus peticiones no eran atendidas. En su primer escrito presentado en el Casal, este grupo de asociados consideraba que la asamblea general la debían formar todos los socios y que todo socio tenía derecho a voto en la elección de los dirigentes festeros. Por esos motivos solicitaba la suspensión de la asamblea del pasado 4 de octubre, de la que surgió el nuevo presidente.
El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Alcoy se hará cargo de la demanda. En caso de que prospere, quedaría sin efecto la elección de Carlos Aracil, así como de los otros tres cargos designados en la última asamblea.
Las irregularidades que señalan estos asociados no las aprecia un informe jurídico encargado por el Ayuntamiento de Alcoy a un gabinete de Alicante. El letrado analiza en su informe las peticiones de los ahora demandantes y no observa que la composición de la asamblea y el sistema de voto representativo incumplan la Ley de Asociaciones. No obstante, el informe sí advierte de que la asamblea puede ser anulada por la presencia de miembros que no tienen voto, como el cuadro de honor, los cargos festeros o los asesores de la junta directiva.
El letrado sostiene que la división entre componentes con voto y sin él no queda justificado en los Estatutos, tal y como marca la Ley de Asociaciones, “lo que adolece de vicio de nulidad y, por tanto, sus decisiones son nulas de pleno derecho”. El abogado consultado por el Ayuntamiento recomienda modificar este punto de los estatutos a la vez que advierte de la posibilidad de impugnar la convocatoria de las pasadas elecciones.